Nueva instrucción de la inspección de trabajo sobre el control horario de los trabajadores

Les informamos, en virtud de la STS 246/2017, de 23 de Marzo de 2017, sobre los registros de las jornadas laborales, continúan siendo obligatorios los registros para:

  •  La jornada laboral a tiempo parcial con el deber de entregarles una copia al trabajador, junto con el recibo de salarios y el resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias según el artículo 12.4.c) ET.
  • Las horas extraordinarias de la jornada de cada trabajador se registraran diariamente para fijar el abono de las retribuciones entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente en relación al artículo 35.5 ET

En consecuencia, ya no resulta obligatorio el registro de la jornada laboral ordinaria de todos los trabajadores como anteriormente se había establecido.

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